Este Tribunal Tercero de los Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por CESAR ALEXIS HERNANDEZ BOLIVAR y ELIZABETH GUTIERREZ PADRON, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE ESTADO MIRANDA, según Acta de Matrimonio signada con el N° 359, Tomo N°1 Folio N° 359, de fecha 19 de Julio del año 1.991. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.