Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR a la RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO de YUDMAR CAROLINA FLORES SOLER , que reposa en los Libros de MATRIMONIO, llevados por el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO RIBAS Y REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, inserta bajo el Acta Nº 06 DEL AÑO 2014. En la cual se incurrió en el error de TRANSCRIBIR su nombre, como "YDMAR CAROLINA FLORES SOLER "siendo lo correcto y verdadero identificar a la ciudadana como"...YUDMAR CAROLINA FLORES SOLER..." conformemente se incurrió en el error de TRANSCRIBIR el apellido de su Cónyuge como " JAVIER RICARDO SAVINO SOLER", siendo lo correcto y verdadero "JAVIER RICARDO SAVINO PALACIO y la nota marginal en lo.....