Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte en este acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL al acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes en este juicio por enfermedad ocupacional y prestaciones sociales y otros derechos laborales, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, con los Artículos 9º y 10 del Reglamento de la Ley del Trabajo vigente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 1.713, 1.717 y 1.718 del Código Civil y 155, 156 del Código de Procedimiento Civil, conforme al contenido del artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que en vista .....