Por las razones antes expuestas, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR el recurso de apelación incoado por las ciudadanas GELUD PLAZA VALLADARES, Fiscal Auxiliar Interina Vigésima Quinta (25º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas encargada de la Fiscalía Quincuagésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas; y AVELINA MELENDEZ LARRAZABAL, Fiscal Auxiliar Interina Quincuagésima Octava (58º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
2.-REVOCA el auto del 2 de octubre de 2015, dictado por el Tribunal Trigésimo Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por el cual deja sin efecto el acto de reconocimiento en rueda de individuos y ORDENA al Tribunal de Control, fije.....