PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenida en la presente acta de fecha 26/02/2018. SEGUNDO: Se deja sin efecto la audiencia a celebrarse el día de hoy. TERCERO: Remítase el expediente al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, y archívese el mismo una vez que consta en autos el pago por parte de la demandada al demandante. CUARTO: No hay condenatoria en costas, visto el acuerdo alcanzado por las partes.