-IV-
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento ejercido por la ciudadana Naileth Zulay Acosta García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 135.468, apoderada judicial del ciudadano Ángel David Acosta García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.525.157, de conformidad con el artículo 154, 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil .....