este Tribunal de Primera Instancia en lo penal en funciones de Cuarto de Juicio Del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: NEGAR LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD a la acusada NORELYS ROSANA ROJAS CARRILLO, Titular de la Cedula de Identidad V-17.050.370, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase. Se libro boletas de Notificación Nº 584-20 Y 585-20.-
EL JUEZ
ABG. RODOLFO ANTONIO AMPUEDA ESPAÑA