D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos ANGELICA MARIA BARCELO BRITO y ANGEL
ALBERTO YANES GRANADILLO, cónyuges, mayores de edad, de este do-micilio, venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad No V-13.620.559 y V-14.684.156, respectivamente y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día Diecinueve (19) de Octubre del año dos mil uno (2001), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta N° 167, del año 2001, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil
Venezolano, co.....