declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos GERARDO MORRONE PRIORE y MARÍA MONSERRAT DE OLIVEIRA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.967.217 y V-8.812.488, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías, Estado Aragua, asentado en el Libro de Registro Civil de Matrimonios, bajo el Acta Nro. S/N, del año 1.993.
LIQUÍDESE LA COMUNIDAD CONYUGAL
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Nro. 1 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 26 días del mes de Marzo de 2.008. Año 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. ÁGUEDA DOMÍNGUEZ.
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