RESOLUCIÓN N° PJ007-2013-000077. Se declara de oficio el de examen y revisión de medida, a favor del ciudadano acusado JESUS MARIA MATA ESPINOZA en consecuencia se SUSTITUYE la medida privativa judicial preventiva de libertad, acordada en fecha 06 de marzo de 2011, por una medida cautelar sustitutiva, consistente en un régimen de presentaciones cada quince (15) días por ante la sede de este Tribunal, en consecuencia se acuerda librar boleta de excarcelación anexa a oficio dirigida al Director del Internado Judicial de Monagas, con el expreso señalamiento del deber de informarle al acusado que deberá comparecer por ante este Tribunal en fecha lunes 01 de abril de 2013, a las 09:00 a.m., a los fines de imponerse de la presente decisión, suscribir el acta compromiso e iniciar el régimen de presentaciones; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.