PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, GERONIMO ABAD FUENTES SALAZAR y MEIDE MARINA BLANCO DE FUENTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.029.455 y V-5.565.093, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal, (Hoy Municipio Libertador del Distrito Capital) en fecha 24 de enero de 1983, Acta Nº 24.