En fuerza de las razones y consideraciones precedentemente descritas y analizadas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la apelación interpuesta en fecha 18 de Septiembre de 2.006, por el Abg. Manuel Escorcia, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 16 de Septiembre de 2.005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Cumplimiento de Contrato incoara la representación judicial de la Compañía Seguros Corporativos, C.A., contra la Sociedad Mercantil La Gioconda, C.A. En consecuencia, TERCERO: Se condena a la demandada La Gioconda C.A., a cancelar .....