Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por la parte demandada, en contra de decisión dictada por el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de Septiembre de 2009. En consecuencia se confirma en todas y cada una de las partes la decisión apelada y se declara CON LUGAR la Demanda que por DESALOJO incoara Ciudadano RANGEL JOSE MALAVE contra la Ciudadana MARIA OMAIRA DIAZ GOMEZ,ambas partes suficientemente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR el DESALOJO del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Número 21 raya B (2.....