En Audiencia Preliminar este Órgano Jurisdiccional Desestimo la Acusación Fiscal por no llenar los extremos previstos en el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordeno el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada a los imputados de Autos dictada en su oportunidad legal.