Por las razones que anteceden y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de partición (agraria), interpuesta por el ciudadano GONZALO ANTONIO SILVA HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-2.027.466, domiciliado en La Victoria, estado Aragua, asistido por el ciudadano Abogado Rafael Torres Nadal, Inpreabogado Nro. 13.397, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instanc.....