III
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, de la querella interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO JIMÉNEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nro. 8.680.289, asistido por la abogada Cristher Oliva, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 82.889, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN (MINICI), tendente a lograr "la restitución y cancelación del pago correspondiente a [su] encargaduría" como Coordinador de Ordenamiento de Pagos, la cual fue dejada sin efecto por la Administración, a través del oficio de fecha 25 de septiembre de 2009, suscrito por la Directora General de Recursos Humanos (E);
2.- .....