PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos José Manuel González Romero, Clodomiro Rodríguez, José Miguel Rondón y Jairo José Bucarito Contra La República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Protección Social. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia de fecha 10 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas. De esta manera queda resuelta la consulta de Ley.