-III-
-DECISIÓN-
Por todas las consideraciones antes expuestas; éste Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Su incompetencia por la materia para conocer de la solicitud de medida realizada por los ciudadanos Arelis del Valle Norato Martínez y Florangel Aparicio Ascanio, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.855.523 y V-9.888.991 respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. Blanca Camacho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.522.216, Defensora Pública Auxiliar del estado Aragua. SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA para conocer la presente causa en su primera fase, al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo dispuesto en el a.....