Por las razones antes expuestas éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR, la demanda interpuesta por el Abogado LUIS MORIN INFANTE, venezolano, mayor de edad, d este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-1.957.293, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.016, actuando en su propio nombre y en defensa de sus derechos e intereses, contra la ciudadana ARGELIA JOSEFINA DIAZ DE SILVA, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.364.911; por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE.
2) Se condena a la parte demandante al pago de las costas de este procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, déjese copia de la presente sentencia y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho de éste Juzgado del Municipio Zamora .....