SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE VARELA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en contra de la decisión de fecha cinco (05) de marzo de 2008 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de este Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.