Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha catorce (14) de mayo de dos mil nueve (2009), dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos Manuel Jesús Cáceres y Francisco Artigas contra Constructora Pewel, C.A., en consecuencia se condena a la demandada a cancelar a los accionantes los montos y conceptos determinados en la parte motiva del fallo, asimismo se condena el pago de los intereses moratorios e indexación de conformidad con los parámetros establecidos en la parte motiva del fallo. TERCERO.....