Así pues, en aplicación de la norma antes citada y a la jurisprudencia de nuestro más Alto Tribunal que este Juzgado acoge, pasa esta Sentenciadora de seguidas a realizar las consideraciones respecto a las solicitudes de aclaratoria presentadas, en los siguientes términos:
Respecto a la solicitud realizada por la ciudadana YURAMY GABRIELA RODRIGUEZ MARCANO, antes identificada, al expresar que este Tribunal incurrió en un error material, al expresar en la decisión de fecha 23 de septiembre de 1992, de la siguiente manera: "YURAMI GABRIELA RODRIGUEZ MARCANO", se evidencia en autos que efectivamente existe un error material al expresar su primer nombre YURAMI con la letra "I", siendo lo correcto: YURAMY con la letra "Y". En virtud de lo antes expuesto este Tribunal corrige el error denunciado quedando en la sentencia de la siguiente manera: "YURAMY GABRIELA RODRIGUEZ MARCANO", debiendo ser este auto considerado como parte integrante de dicha decisión.