Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS TRANSITO, intentada por los ciudadano NEOMAR JOSE VIVENES ROMERO y LIBIA MATILDE RODRIGUEZ BETANCOURT, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los números 219.368 y 196.533, respectivamente en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano HEDRITH PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.715.951, en contra del ciudadano PEREZ SANCHEZ SAMUEL ESTEBAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.093.830. Y de la revisión minuciosa del escrito presentado se observa que la misma no dio cumplimiento con lo establecido en el artículo 340:
El libelo de la demanda deberá expresar:
1° L.....