E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por los ciudadanos: NURIS MARINET PINTO TORREALBA y EDGAR YAEL ARANA OBREGON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-16.434.248 y V-13.862.531 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintitrés (23) de Febrero del año dos mil uno(2001), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 23, del año 2001.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL DE.....