Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano YUDANMAR ANTONIO MENDOZA TOVAR, titular de la cedula de identidad N° V-12.564.962, contra la ciudadana MERVIN MARIBEL ARCHILA LA HOZ, titular de la cedula de identidad N° V-9.663.635. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 7 de febrero de 1995, por ante el Registro Civil de del Municipio Mario Briceño Iragorry, estado Aragua, según se evidencia en acta asentada bajo el N° 031, Tomo A, Año 1995, de los libros de matrimonios llevados por el referido registro.
En caso de existir bienes en la comuni.....