DISPOSITIVO.-
Este Tribunal Quinto de Juicio del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la excepción de cosa juzgada interpuesta por los apoderados judiciales de las codemandadas PROMOTORA BEACH RESORT, C.A., INVERSIONES MARISLA, C.A. PROMOTORA V.A.N.C. C.A. Y PROMOCIONES MARGARITA INN, C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por MALLIBA PREZ DRIJA contra la codemandadas PROMOTORA BEACH RESORT, C.A., INVERSIONES MARISLA, C.A. PROMOTORA V.A.N.C. C.A. Y PROMOCIONES MARGARITA INN, C.A. ROFRER S.A. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Trabajo.