Por las razones que anteceden y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente demanda de Partición, incoada por el ciudadano ALCALA MEJIAS ALEJANDRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 311.598 y de este domicilio, debidamente asistido por los ciudadanos abogados, José Ángel Centeno y Miriam Gómez laya, Inpreabogado Nros. 5.659 y 22.005, respectivamente, contra los ciudadanos SANTIAGA ALCALÁ MEJÍAS, FRANCISCO ALCALÁ MEJÍAS, SALOMÓN ALCALÁ MEJÍAS, OSWALDO ALCALÁ LANDA Y CECILIA ANTONIA ALCALÁ.
SEGUNDO: Se ordena levantar la medida de prohibición de enajenar y gravar en la opor.....