Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: MADAYTH BESTALIA MELO DE TORREALBA y JOSE LUIS TORREALBA LONGA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedula de identidad Nros. V-11.687.546 y V- 8.820.261 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Doce (12) de Diciembre del año Mil Novecientos Noventa y Siete (1997), por ante la prefectura del Municipio Zamora, (hoy Registro Civil del Municipio Zamora) del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 233, folio 276, Tomo II, del año 1997, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, e.....