Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por la ciudadana PATRICIA NOTZ SANOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-12.169.740contra la ciudadana MARY CARMEN LIZARDO PAEZ, venezolana, mayor de edad,titular de la cédula de identidad N° V-10.227.291. , en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado de compra venta sobre sobre una (01) parcela de terreno y la casa construida, ubicada en la Urbanización Andrés Bello, Calle José Pocaterra Nª 221-A, Municipio Girardot del Estado Aragua, identificada con el Nª catastral 01-05-03-02-0-024-016-011-000-000-000, con un área de terre.....