ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano: RENNY ROHELMIS ROMERO; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 15.962.324, natural de Villa de Cura, nacido el día 23.11.78, de 36 años de edad, Estado civil: soltero, profesión u oficio: Comerciante, residenciado en: Calle Florian correa, casa 20; Cagua, estado Aragua, teléfono: 0416-8488961.Quien fue condenado a cumplir la pena de: DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION POR LA COMISION DEL DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 encabezado de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo (UTA) Aragua, a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, a los fines de que remita los posibles Antecedentes Penales de los mismos. Fiscal undécimo, a la defensa. Regístrese. Impóngase al penado. Diarícese. Cúmplase