Este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida Privativa de Libertad y en consecuencia dicta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JORGE DANIEL NIEVES LEAL, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-16.435.646, residenciado en: URB. ANCA, CALLE 1, CASA #22, PARROQUIA SAMAN DE GUERE, MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO, ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, Previsto y Sancionado en el Articulo 406, ordinal 1° del Código Penal Vigente Venezolano. Líbrese la correspondiente orden de Captura. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Judicial Central. Ofíciese lo conducente.
EL JUEZ
ABG. RODOLFO ANTONIO AMPUEDA ESPAÑA