DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito laboral del estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por FULVIO FRANCISCO SILVA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.139.967 contra UNIDAD EDUCATIVA NUEVA REPUBLICA Firma Personal inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 12 de SEPTIEMBRE del 2003,anotada bajo el No. 44,tomo 806-B representada por JOHNNY EMILIO RAMOS titular de la cédula de identidad No.9.869.919. Debiendo cancelar la suma TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs.356.925,80 ) Se acuerda en este acto los intereses de mora y la indexación Judicial sobre la cantidad condenada a pagar por este Tribunal de conformidad con el artículo 185 de .....