En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa interpuesta por los ciudadanos RICARDO ALEJANDRO SANCHEZ y ZULEIMA ARANGUEREN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 12.352.999 y 6.266.156, respectivamente, debidamente asistidos por los Abogados DAVID ANTONIO DÍAZ SANTANDER y TOMÁS FRANCISCO ZERPA CARRERO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.262 y 130.098, respectivamente, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución Nº 562 de fecha 15 de mayo de 2009, emanada de la Dirección de Planificación Urbana y Catastro de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, mediante la cual declaró Sin Lugar el recurso de Reconsideración interpuesto por los.....