En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARY DE LOS ANGELES RODRIGUEZ en contra de la empresa ARQUITECO C.A. SEGUNDO: Se condena a la demandada ARQUITECO C.A., pagar a la demandante MARY DE LOS ANGELES RODRIGUEZ la cantidad de Bolívares Treinta y un Mil seiscientos cincuenta y uno con 86/100 (Bs. 31.651,86). por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a la corrección monetaria y los intereses de mora, este Juzgado dará cumplimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.