Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR la pretensión principal de la declaratoria de nulidad del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 031-14, emanada de la POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BRIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, que resolvió la destitución del cargo de Oficial de Policial del ciudadano: KERVIS MARÍN, en el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la abogada Yennifer Carolina Sotillo Muñoz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.708, actuando en su carácter de Defensora Publica auxiliar con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área metropolitana de Caracas.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión subsidiaria del presente recurso contencioso administrativo funcionarial.
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