Por todos los razonamientos antes expuestos, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ADMISIBLE el escrito de recusación presentado por el ciudadano DANIEL D’ ANDREA GOLINDANO, Fiscal Décimo Noveno (19°) Nacional del Ministerio Público con Competencia Plena, en contra de la ciudadana ROSVELIN DEL VALLE GIL SUÁREZ, Juez Tercera (3°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa signada bajo el Nro. 3°C-18.244-16 (Nomenclatura de ese Despacho), seguida contra el ciudadano LUIS DONA TORRIENTE, titular de la cédula de identidad No. V-6.305.500, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara ADMISIBLE, las pruebas ofrecidas por la ciudadana .....