Este Juzgado Duodécimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio como del Nuevo Régimen del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA de la demanda por ACCIDENTE DE TRABAJO incoada por el ciudadano JOSE GUILLERMO HIDALGO ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.556.615, en su carácter de único Heredero Universal del ciudadano GUILLERMO RAMON HIDALGO MARTINES, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.602.537 (+)contra Entidad de Trabajo COTRANS, C.A, Así se decide y se declara.-