PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por la Fiscalía 07° del Ministerio Publico del Estado Aragua en contra del imputado: HERNANDEZ FARFAN WILMER ANTONIO, titular de la cedula de identidad V-11.940.141, por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4º Del Código Penal, por cuanto cumple con todo los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal., SEGUNDO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por la vindicta pública específicamente los contenidos en el escrito acusatorio por ser legales, lícitas, pertinentes y se acuerda la comunidad de la prueba. TERCERO: , se impone al acusado HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinal 4º Del Código Penal de las Formulas Alternativas de Prosecución del Proceso, en el caso que nos ocupa procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dichos acusados, sin coacción ni apremio y co.....