DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Octavo de Primera Instancia Estadal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra de: GABRIEL ALEXANDER ACOSTA CALDERA, titular de la cedula de identidad N° V-20.958.110, por el delito de TRAFICO Y COMERCIO ILICITO DE MATERIAL ESTRATEGICO previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, a los fines de que el mismo sea trasladado a la sala de audiencias de este Despacho Judicial, para efectuar la correspondiente Audiencia Preliminar en la presente causa. Líbrese la correspondiente orden de aprehensión y remítase al Bloque de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Aragua, quien deberá notificar a este Tribunal de su práctica dentro de las cuarenta y ocho horas (48) sig.....