DISPOSITIVA
Por todo lo antes señalado, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL de la causa Nº- 2CA-774-05, seguida contra: XXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXX, por la presunta comisión de los delitos de: RIÑA TUMULTUARIA y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los Artículos 427 y 415, ambos del Código Penal. En consecuencia se ordena el cese inmediato de las medidas cautelares impuestas al momento de darse la condición de imputado, igualmente se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Judicial Central del Estado Aragua, a los fines de su archivo definitivo. Notifíquese a las partes. Diarícese. Publíquese. Déjese copia de la misma.-
EL JUEZ,
ABG. OSWALDO .....