ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO, de conformidad con el encabezamiento del artículo 494 ejusdem, a la penada RODRIGUEZ DIAZ ALEIDA JOSEFINA, titular de la cédula de identidad N° 2.665.939, contado a partir del momento en que suscriba acta de compromiso de las obligaciones que debe cumplir.-