siendo diez y cinco minutos de la mañana, se traslado este Juzgado en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Antonio J. Puppio V., Inpreabogado Nro. 97.102, y los auxiliares de justicia en la siguiente dirección: vivienda unifamiliar distinguida con el Nro. 20, Tipo D, que forma parte del denominado CONJUNTO VISTALVALLE “A”, situado con frente a la Calle B, de la Urbanización Vistalvalle, en el sitio denominado La Unión-Los Ranchos, con frente a la Carreta que conduce a La Unión, Jurisdicción del Municipio El Hatillo, Distrito Sucre del Estado Miranda, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO.- Una vez a las puertas del inmueble señalado por la representación de la parte actora, el Tribunal procede a dar los tres toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por personal alguna.-En este estado el Tribunal dando cumplimiento a la misión encomendada, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los derechos de propiedad que le corresponden al codemand.....