/ Se publicó y consignó resolución (reproducción escrita) declarándose: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR las demandas interpuestas por el ciudadano David E. Repillosa contra la sociedad mercantil denominada "Cenproven, c.a.", ambas partes identificadas en los autos y se condena a ésta a pagar al accionante los conceptos a especificar en el falo por escrito. 2°) No hay condena en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este juicio 3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en el cual venza el consagrado en el art. 159 LOPTRA para la publicación de la misma en forma escrita.