II
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fecha 11.11.2024 por el abogado LUIS PERDOMO INPREABOGADO No. 94.577, actuando en su carácter de apoderado judicial de parte accionante, contra la decisión proferida por esta alzada en fecha 07.10.2024; de conformidad con lo preceptuado en el parágrafo único del ordinal 4º del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil y los criterios jurisprudenciales antes señalado.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión. Todo de conformidad con lo establecido en el artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este.....