En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley: PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente Causa, a favor de la ciudadana LIDIA ELAUTERIA MORENO (antes identificada); de conformidad con lo pautado en el Ordinal Tercero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; En consecuencia SE DECRETA EL CESE DE TODA MEDIDA DE COHERCION QUE PESE SOBRE LA IMPUTADA, por este Tribunal. SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de la exclusión del sistema de la imputada LIDIA ELAUTERIA MORENO supra mencionada. TERCERO: Se acuerda expedir copia certificada de la decisión que se dicte a la representación de la defensa con respecto a la ciudadana LIDIA ELAUTERIA MORENO-