DISPOSITIVO
En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, AFIRMA su competencia por el territorio en el juicio interpuesto por la ciudadana MARIA MAGDALENA CABRERA ASCANIO contra la empresa R.C. RODOVIAS DE VENEZUELA CA, por Diferencia de Prestaciones Sociales
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se dejaran transcurrir (05) días hábiles a partir de la publicación de la presente sentencia para permitir a la parte demandada interponer el Recurso de Regulación de Competencia dentro de dicho lapso, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de esta Circunscripción Jud.....