Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INCOADA por el Ciudadano MANUEL AGUSTIN PARRA, titular de la cedula de identidad V-17.297.972 en contra de la sociedad mercantil TAQUISOL C.A. sociedad mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 47, Tomo 718-A, en fecha 28 de junio de 1997; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada a cancelarle a la parte actora la cantidad de SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bf. 61.259,60), por los conceptos discriminados en la parte motiva del fallo. Asimismo, se acuerda la indexación de los montos ordenados, desde la fecha en que se proceda a la ejecución forzosa de la sentencia d.....