"...El Tribunal vistas las exposiciones anteriores, así como el pedimento de la apoderada actora, en que se suspenda la medida encomendada, acuerda en conformidad con lo solicitado, en consecuencia, suspende la práctica de esta medida de Secuestro para lo cual fuera comisionado por el JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS y, asimismo, se acuerda remitir a la brevedad posible estas actuaciones a los fines de la homologación respectiva..."