declara: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por la ciudadana Yris Valero, identificada suficientemente en autos, en contra de la empresa la sociedad mercantil Consorcio Promoting, C.A. SEGUNDO: Se le ordena a la sociedad mercantil Consorcio Promoting, C.A. dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 00646- 09, de fecha 26 de noviembre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en todas y cada una de sus partes; advirtiéndosele que el presente mandamiento de amparo constitucional debe ser acatado, so pena de incurrir en desacato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.