DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 6-12-2013, por los profesionales del derecho MIGBERT RON BELTRAN, en su carácter de Defensora Pública Octogésima Quinta (85º) y HENRY D. LARA RAMIREZ, Defensor Público Auxiliar Octogésimo Quinto (85º), ambos actuando en representación de los ciudadanos MONCADA BRICEÑO ANDERSON y PABON BRYAN ALBERTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 439 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 2-12-2013, por el Tribunal Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra de los mencionados ciudadanos, la.....